19 octubre 2011


El próximo 23 de octubre se celebran las elecciones generales en la República Argentina. En este post vamos a intentar algunas dudas sobre el voto de los argentinos que residimos fuera del país y añadir algunos enlaces interesantes para que estén bien informados sobre todo lo referente a este tema.



VOTO ARGENTINOS EN EL EXTERIOR
¿Quiénes votan en el exterior?
 
Los ciudadanos argentinos que, residiendo en forma efectiva y permanente fuera del territorio, sean electores según lo dispuesto por el Código Electoral Nacional y estén inscriptos en el registro de Electores Residentes en el exterior.
 
¿Qué requisitos deben cumplir los ciudadanos residentes en el exterior para poder votar?
 
Los ciudadanos deberán cumplir los siguientes requisitos: tener efectuado el cambio de domicilio en su documento cívico de acuerdo a la jurisdicción consular correspondiente a donde este residiendo; estar inscripto previamente en el Registro de Electores Residentes en el exterior; estar en condiciones de ejercer sus derechos políticos conforma la legislación nacional, no encontrarse dentro de las inhabilitaciones previstas por la legislación nacional.
 
¿Es obligatorio para los ciudadanos que están viviendo en el extranjero tener que votar?
 
No, el voto es voluntario.
 
¿Si estoy de viaje en fecha de elecciones, puedo votar igual?
 
No, únicamente pueden votar quienes tengan cambio de domicilio en el exterior. Quién no haya efectuado el cambio de domicilio deberá proceder a la justificación de la no emisión del voto, para lo cual deberán concurrir a la oficina consular de la jurisdicción donde se encuentre con su documento cívico. Las oficinas consulares proceden a la justificación de todos quienes se presenten el día de la elección de 9 a 18 horario local.
 
¿Qué hago si no pude justificar mi voto el día de los comicios?
 
Justificaciones posteriores requerirán la comprobación de que el solicitante se hallaba en la jurisdicción consular el día del comicio. Para esto, es suficiente con la constancia del sello de salida de la República y el de reingreso en el pasaporte.  También se tomará como válido el ticket de viaje.
Para realizar la justificación deberá concurrir a la Cámara Nacional Electoral, Leandro N. Alem 232.
 
FUENTE: http://www.relacionar.gov.ar/faq

CONSULADO ARGENTINO EN CÁDIZ: http://www.consuladoargentinocadiz.es/

WEB OFICIAL ELECCIONES 2011: http://www.elecciones.gov.ar/





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